10 preguntas y respuestas sobre el dictamen arancelario del Tribunal Supremo de EE. UU.

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1. ¿Cuál ha sido la decisión?

Por una mayoría de 6 a 3, el Tribunal Supremo ha considerado que el recurso a la Ley de Emergencia Económica (IEEPA) no es la vía legal adecuada para el establecimiento de aranceles generales y que, al tratarse de una medida con naturaleza tributaria, esta competencia recae en el Congreso.

2. ¿A qué aranceles afecta?

El dictamen anula tanto los aranceles impuestos a Canadá, México y China, vinculados al tráfico de drogas, como los anunciados en el Liberation Day y sus posteriores modificaciones (también los usados con fines geopolíticos basados en la IEEPA, como el reciente del 25% sobre aquellos países que mantengan relaciones económicas con Irán o los precedentes vinculados a Brasil, Rusia o Venezuela).

3. ¿A cuáles no?

El dictamen no afecta a los aranceles sectoriales aprobados con criterios de seguridad nacional bajo la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial (S.232), como los establecidos sobre autos y componentes, aluminio, acero, cobre, determinados productos de mobiliario y vehículos comerciales.

4. ¿Qué respuesta ha dado el Gobierno?

El mismo día del dictamen, una proclamación presidencial activó la Sección 122 de la Ley de Comercio (S.122), que permite un arancel general transitorio de hasta el 15% durante 150 días para la resolución de problemas fundamentales de pagos internacionales. El martes 24 de febrero entró en vigor un arancel general del 10%.

5. ¿A qué países y productos afectan las nuevas medidas?

El arancel bajo la S.122 se aplica de forma no discriminatoria, es decir, de forma uniforme a todos los países. La proclamación establece que el arancel no se acumula sobre los sectoriales vigentes, ni sobre las importaciones desde Canadá y México que cumplan las condiciones del tratado comercial que mantienen con EE. UU. (T-MEC, antes TLCAN). Asimismo, se define una lista de exenciones que incluye, entre otros, determinados minerales críticos, productos agrícolas, farmacéuticos y electrónicos.

6. ¿Qué otras medidas puede adoptar el Gobierno?

Después de la aprobación del nuevo arancel general del 10%, Trump amenazó con elevar este al máximo del 15% que permite la S.122. Además, la proclamación presidencial incluyó el mandato de iniciar investigaciones a países por prácticas desleales bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio (S.301), mientras que se espera también la extensión de aranceles sectoriales bajo la S.232, con potencial foco en productos farmacéuticos y electrónicos. A diferencia de los aranceles aprobados bajo la IEEPA y el ahora activado, estas alternativas requieren mayor carga procedimental y cuentan con precedentes, como el uso de la S.301 para China durante la primera Administración Trump y su mantenimiento con Biden.

7. ¿Cuáles son las principales incógnitas tras el dictamen?

Las principales dudas se centran en: (i) la batalla legal por los ingresos recaudados con IEEPA, que estimamos en un rango de 125.000-150.000 millones de dólares(equivalentes a un 0,4%-0,5% del PIB de EE. UU.), y las potenciales nuevas reclamaciones por el recurso a la S.122; (ii) la validez de los acuerdos bilaterales alcanzados desde verano y las ventajas arancelarias pactadas (UE, Japón, Reino Unido, entre otros); (iii) la estabilidad de la tregua comercial-tecnológica con China alcanzada en noviembre pasado (Trump visita Pekín a finales de marzo); y (iv) el efecto en la reconfiguración comercial que se produjo en 2025 de exportaciones chinas a Vietnam (textil, calzado, hogar) o Taiwán (maquinaria y equipo).

8. ¿Cómo ha quedado el escenario de aranceles tras la respuesta al dictamen?

En conjunto, la sentencia del Tribunal Supremo habría reducido inicialmente en cerca de 7 p. p. el arancel promedio sobre las importaciones de EE. UU. considerando las políticas anunciadas. Después, tras la activación de la S.122, habría vuelto a niveles cercanos al 11% (frente al 14% estimado previamente).

9. ¿Qué países reducen o aumentan su arancel en términos relativos?

De forma inmediata, los mayores beneficiados son China, India y Brasil, que reducen sensiblemente sus aranceles, mientras que entre los perjudicados se encontrarían la UE y el Reino Unido, que habían asegurado reducciones específicas mediante acuerdos bilaterales ahora en entredicho. Así, por ejemplo, un automóvil europeo podría pagar ahora un arancel del 27,5% (el 25% establecido bajo la S.232 más la tasa inicial de nación más favorecida del 2,5%) frente al tope del 15% entonces pactado.

10. ¿Cambia el dictamen del Supremo la estrategia arancelaria de Trump?

No, se produce un cambio de instrumentos, con respaldo legal más sólido. Los aranceles continuarán siendo un eje central de la política comercial, fiscal y exterior de EE. UU. De hecho, durante su discurso del Estado de la Unión, Trump reafirmó su visión de que los ingresos arancelarios reemplacen a largo plazo el impuesto sobre la renta federal.